• Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: CRISTINA GALVE CALVO
  • Nº Recurso: 33/2020
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FUNCIONARIOS PUBLICOS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO
  • Nº Recurso: 1440/2019
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se plantea demanda de conflicto colectivo por entender que se habría producido un despido colectivo al al producirse el cierre de unas instalaciones y con ello del centro de trabajo,( bar-restauración y limpieza) y con ello el cese de todos los trabajadores sin que el titular del centro se subrogue en los trabajadores. Planteándose con ello si se ha producido una reversión y obligación de subrogarse por el titular del centro que ha contratado solo la actividad de catering con otra empresa pero solo para determinados eventos se ocupa de servir el catering que elabora en sus instalaciones. Por la Sala se estima en parte la demanda , entiende que se ha producido un despido tácito puesto que se habría producido el cierre de la actividad y con ello de la prestación de servicios superando los trabajadores cesados en el centro de trabajo los umbrales del despido colectivo. Habiéndose producido una reversión y con ello entiende que concurren los requisitos propios de una sucesión legal tenia que haberse subrogado el Ministerio codemandando en los trabajadores aunque no continuara con la actividad, sin que se extienda la responsabilidad a la nueva empresa adjudicataria del catering
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JULI SOLAZ PONSIRENAS
  • Nº Recurso: 32/2019
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MIGUEL ANGEL FILGUEIRA BOUZA
  • Nº Recurso: 640/2020
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: SOBRE SUSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: CARLES CRUZ MORATONES
  • Nº Recurso: 2/2020
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: JOAN PERARNAU MOYA
  • Nº Recurso: 1065/2018
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: JOAN PERARNAU MOYA
  • Nº Recurso: 1077/2018
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: JOAN PERARNAU MOYA
  • Nº Recurso: 1025/2018
  • Fecha: 23/07/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 267/2019
  • Fecha: 22/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se pretende la nulidad de la Orden al no actualizar el valor del coste de los derechos de emisión de CO2. Desestimación del recurso. Corresponde al desarrollo reglamentario del mandato legal la determinación de aquellos concretos valores que habrán de ser actualizados, y la Orden 1345/2015, que llevó a cabo dicho desarrollo, únicamente estableció fórmulas de actualización de los distintos tipos de combustible utilizados en las instalaciones tipo, sin incluir ninguna previsión de actualización de ningún otro valor de la retribución a la operación. No se considera procedente incluir los derechos de emisión en el concepto de materia prima. Es cierto que la fórmula de revisión del artículo 4.2 de la Orden 1345/2015 tiene en cuenta el coste de los derechos de emisión, pero ello no supone que todos los parámetros tenidos en cuenta se actualicen semestralmente, sino que la actualización se limita únicamente en la fórmula del artículo 4.2 al precio del combustible y al coste de los peajes de acceso. Impugnación indirecta de la Orden IET/1345/2015 por no incluir la revisión de los costes de CO2:tras rechazar las causas de inadmisión por extemporaneidad y por acto consentido y firme, recuerda la Sala el carácter restrictivo del control de las omisiones reglamentarias, de manera qu eúnicamente cabe apreciar una omisión controlable jurisdiccionalmente cuando la ausencia de previsión suponga un incumplimiento legal o cree una situacíon contraria a la CE.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: MARIA ARANZAZU ESPEJO-SAAVEDRA LOPEZ
  • Nº Recurso: 234/2019
  • Fecha: 22/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO

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